AUXILIAR DE ENFERMERÍA PARA C.T.I. DE ADULTOS PARA EL HOSPITAL MILITAR.

Desde el 3/12/25 hasta el 17/12/25

LLAMADO A CONCURSO POR COMISIÓN DE APOYO

C.T.I. DE ADULTOS PARA EL HOSPITAL MILITAR.

FUNCIÓN: AUXILIAR DE ENFERMERÍA

1. BASES DEL LLAMADO

Se convoca a aspirantes para vinculo contractual dispuesto por Comisión de Apoyo.
La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Antecedentes.

2. REQUISITOS EXCLUYENTES GENERALES (a controlar por la Oficina RR.HH./personal)

• Cédula de identidad vigente (frente y dorso).
• Título de Auxiliar de Enfermería habilitado y registrado por el MSP.

3. REQUISITOS EXCLUYENTES ESPECÍFICOS (a controlar por el Tribunal)

• Experiencia documentada de Auxiliar de Enfermería como mínimo 6 meses en áreas de
cuidados intensivo y/o intermedios de adultos.

4. REQUISITOS A VALORAR (a valorar por el Tribunal)

• Escolaridad debidamente acreditada.
• Capacitación complementaria vinculada al perfil del puesto.
• Formación permanente específica en Cuidados Intensivos.
• Antigüedad en la función, conforme a la normativa vigente.
• Desempeño acreditado mediante evaluaciones formales.
• Experiencia documentada en el Hospital Central de las Fuerzas Armadas (HCFFAA).
• Constancia de inscripción en la lista de ex funcionarios Casa de Galicia priorizados para re contratación (bolsa de trabajo).

5. INSCRIPCIONES

Comenzarán a partir del día 3/12/25 a la hora 09:00 y hasta el día 17/12/25 a la hora 14:30 inclusive.

6. BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES

6.1 – Ejecutar los cuidados integrales a los usuarios asignados por el/la Licenciado/a en Enfermería del servicio, asegurando una atención de enfermería oportuna, segura y humana que nos permita elevar la calidad de atención. 

6.2 – Conocer y aplicar las normas, pautas, protocolos y procedimientos institucionales vigentes para la atención en unidades críticas.

6.3 – Mantener una comunicación fluida con el equipo de salud, promoviendo el trabajo colaborativo y la continuidad asistencial.

6.4 – Verificar el estado de materiales, insumos y equipamiento de los espacios de trabajo asignados, asegurando su disponibilidad y correcto funcionamiento, e informar oportunamente a la jefatura de Enfermería sobre anomalías.

6.5 – Participar en el acondicionamiento del área para recibir a nuevos usuarios, contribuyendo a su orientación y la de sus familiares.

6.6 – Registrar en forma sistemática, completa y oportuna los cuidados realizados en la Historia Clínica y en los sistemas informáticos institucionales habilitados.

6.7 – Ejecutar las actividades delegadas de acuerdo al plan de cuidado integral definido por el/la Licenciado/a en Enfermería, incluyendo higiene y confort, tratamiento y rehabilitación.

6.8 – Cumplir estrictamente las normas de bioseguridad y el control de infecciones velando por la seguridad del paciente, así como la gestión integral de residuos sanitarios.

6.9 – Participar en actividades de educación para la salud, promoción, prevención y rehabilitación dentro del plan de cuidados interdisciplinarios.

6.10 – Contribuir en el plan de alta y en el modelo de cuidados progresivos, según las asignaciones realizadas.

6.11 – Participar activamente en los pases de guardia efectuado en la unidad del paciente, tanto orales como escritos, garantizando la continuidad del cuidado y la transmisión precisa de la información clínica y administrativa.

6.12 – Acompañar y realizar traslados de usuarios, respetando los protocolos de seguridad y estabilización.

6.13 – Aplicar acciones establecidas en los planes institucionales de:

• Prevención de Infecciones Asociadas a la Atención en Salud (IAAS)
• Prevención de úlceras por presión (UPP)
• Prevención de caídas y accidentes
• Administración segura de medicamentos
• Monitoreo de vías venosas centrales y periféricas

6.14 – Cumplir con los protocolos de seguridad del paciente y programas de prevención de eventos adversos, contribuyendo a la calidad y seguridad asistencial.  

6.15 – Colaborar en el manejo seguro de la vía aérea y dispositivos asociados, según pautas definidas por el equipo asistencial.

6.16 – Contribuir a la confidencialidad y reserva de la información clínica respetando la normativa vigente en materia de protección de datos y los principios éticos.

6.17 – Integrar actividades de formación en servicio, programas de mejora continua e investigaciones impulsadas por el equipo de enfermería.

Y todas aquellas actividades que se consideren dentro de la función a proveer.

9. INTEGRACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL

Se realizará atento a lo establecido en los Art. 7º y 9º del Decreto Nº 197/006 de 22/06/2006. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.

Integración (Art.9°- Decreto Nº 197/2006):

• Un representante designado por A.S.S.E
• Un representante de la Unidad Ejecutora
• Un representante de los funcionarios
• Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.
• El Tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un “Registro de Aspirantes”, que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.

Actuación (Art.7°- Decreto Nº 197/2006):

Méritos y Antecedentes (100 puntos)
«Méritos»
El factor “méritos” valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos,
discriminados de la siguiente forma:
• hasta 35 puntos por la escolaridad.
• hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementaria y formación permanente específica en Cuidados Intensivos, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.

«Antecedentes»
El factor “antecedentes” valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor “antecedentes” se podrán discriminar de la siguiente forma:

• hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente, experiencia documentada en el Hospital Central de las Fuerzas Armadas (HCFFAA) y constancia de inscripción en la lista de exfuncionarios Casa de Galicia priorizados para recontratación (bolsa de trabajo).

• hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año.